A través de la Resolución Exenta N°37, emitida el 2 de febrero de 2024, el organismo regulador expresó que la norma no contiene vicio de invalidez alguno y se encuentra ajustada a derecho, pues fue tramitada en conformidad con las competencias y facultades de este servicio, según un procedimiento administrativo reglado, y es compatible con el ordenamiento jurídico.
Mediante la Resolución Exenta N°37, la Comisión Nacional de Energía (CNE) rechazó la solicitud de invalidación interpuesta en agosto pasado por las Organizaciones No Gubernamentales Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, Mujeres de Zona de Sacrificio en Resistencia y Fundación Sociedades Sustentables en contra de la Resolución N°411, emitida en octubre de 2021, que dicta la Norma Técnica para Programación de la Operación de Unidades que utilicen Gas Natural Regasificado (NT GNL 2021).
La solicitud interpuesta por las tres organizaciones fue acogida a trámite por la CNE, iniciando un procedimiento administrativo en que se concedió audiencia a los interesados para manifestar por escrito sus argumentos, en conformidad con la Resolución Exenta N° 495 de 2023, publicada en el Diario Oficial en octubre pasado.
El argumento esgrimido por la CNE es que la Resolución N°411, “no contiene vicio de invalidez alguno y se encuentra ajustada a derecho, pues fue tramitada en conformidad con las competencias y facultades legales y reglamentarias de este servicio, en conformidad con el procedimiento administrativo correspondiente y es del todo compatible con el ordenamiento jurídico vigente”.
La Resolución N°37 también indica que la existencia y aplicación de la NT GNL 2021, “en ningún caso obsta o restringe el debido cumplimiento de la institucionalidad ambiental vigente a la que se encuentran sujetas las entidades que operan centrales de generación de energía en base a GNL”.
El Secretario Ejecutivo de la CNE, Marco Mancilla, sostuvo que la resolución del organismo además expresa que dicha norma técnica “no representa una transgresión a los compromisos internacionales de reducción de emisiones suscritos por nuestro país, sino que -por el contrario- promueve su cumplimiento fomentando una matriz energética renovable, pues permite el reemplazo de las centrales en base a carbón por fuentes de generación menos contaminantes de forma suficiente y segura atendida las necesidades de nuestro sistema eléctrico”.
La autoridad sectorial recordó que el objetivo de esta Norma Técnica es “establecer las exigencias de información, procedimientos, metodologías, mecanismos y condiciones de aplicación que resulten necesarias para la programación y coordinación de unidades generadoras que utilicen gas natural licuado regasificado para producir electricidad”.
Equipo Prensa
Portal Innova