Fondo E cayó

La caída del Fondo E no es una disputa entre autoridades. Detrás de ella hay personas que cotizaron durante años y eligieron una alternativa presentada como conservadora, muchas próximas a jubilarse. Entre ellas hay miles de funcionarios municipales.

 

Entre enero y septiembre de 2026, el Fondo E cayó 10,39% en términos reales y el Fondo D, 6,38%; en septiembre, el Fondo E perdió 4,92%. El resultado individual depende de las cotizaciones, los saldos y los cambios de fondo. La magnitud de la caída exige una explicación clara y una respuesta oportuna.

 

El alza de las tasas reduce el valor de los bonos y ayuda a explicar parte del descenso. También debe esclarecerse la exposición a swaps de tasas, cuyo valor puede aumentar la sensibilidad de una cartera. La Superintendencia abrió procedimientos sancionatorios contra las siete AFP; la investigación debe establecer qué decisiones tomaron, qué advertencias recibieron y si cumplieron sus deberes legales, con evidencia y debido proceso.

 

No corresponde declarar culpables antes de que concluya la investigación. Pero llamar “volatilidad” a esta pérdida y esperar que el tiempo la corrija tampoco basta. Nadie puede garantizar una recuperación. Para quien se pensiona ahora, el deterioro del valor cuota puede tener efectos duraderos y no siempre hay margen para esperar.

 

Informar no repara por sí solo. Por eso proponemos que el Ejecutivo ingrese un proyecto de ley que obligue a las AFP a compensar las pérdidas sufridas por quienes mantuvieron sus ahorros en el Fondo E. Esa obligación debe traducirse en reglas claras para determinar a quiénes alcanza, cómo se calcula el monto individual, cuándo se paga y cómo se reclama. La compensación debe financiarse con recursos de las administradoras, sin cargarla a las cuentas de los afiliados. La investigación debe establecer responsabilidades y aplicar las consecuencias que correspondan; las personas afectadas necesitan, además, una vía legislativa concreta para obtener respuesta.

 

Hay otro plazo que vuelve urgente esta discusión. Funcionarios municipales beneficiarios del incentivo al retiro de la Ley N.º 21.135 deben dejar sus puestos entre el 1 de marzo y el 1 de abril de 2027 o se exponen a perder los beneficios asociados a su postulación. Para algunos, retirarse justo después de una fuerte caída previsional puede significar tomar una decisión irreversible en un momento adverso. El Ejecutivo debe proponer una reforma que les permita postergar voluntariamente su salida por uno o dos años y conservar el cupo y todos los beneficios adjudicados. La decisión de seguir trabajando debe corresponder a cada persona, sin castigo por ejercer esa opción.

 

La prórroga no reemplaza la compensación previsional; permite que cada persona decida cuándo retirarse, con certeza para ella y su municipalidad.

 

Las personas no pueden esperar indefinidamente. La compensación legal y la posibilidad de postergar voluntariamente el retiro son respuestas concretas que el Ejecutivo debe impulsar ahora.

 

Eduardo Pastene Azola

Presidente Nacional UFEMUCH