• Desde ACOSEG detallan cuáles son los puntos relevantes de esta póliza y destacan la importancia de avanzar hacia coberturas de Responsabilidad Civil.

Se acerca el mes de marzo y ya es momento de que los dueños de automóviles y vehículos livianos (station wagons, camionetas, furgones, carros de arrastre, casas rodantes, motos y otros) deban contratar su Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), el que, al ser una póliza de carácter obligatorio, muchas personas lo contratan sin siquiera saber cuáles son sus coberturas. Es por eso que, desde la Asociación Gremial de Corredores de Seguros de Chile (ACOSEG) explican los reales alcances de este Seguro.

“Este es un seguro que es exigido por Ley N° 18.490 y cubre la atención médica a conductores, ocupantes y terceros involucrados en un accidente de tránsito, así como, casos de fallecimiento que sean consecuencia de siniestros de tránsito del vehículo asegurado. Por lo tanto, debe ser contratado por cualquier persona que sea propietaria de un vehículo motorizado” indica Hugo Smith, presidente de ACOSEG, añadiendo que, “el Seguro para este tipo de vehículos vence el 31 de marzo de cada año por lo que debe ser renovado oportunamente, independiente a que será exigido al momento de adquirir el Permiso de Circulación”.

Respecto a los montos de cobertura, la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (CONACET), indica que, más allá de la Aseguradora con la que se contrate este Seguro, los montos indemnizar están establecidos y son los siguientes: Tanto por muerte como por incapacidad permanente total el seguro cubre 300 UF. En casos de incapacidad permanente parcial, el monto de cobertura es de 200 UF. y para los gastos médicos y hospitalarios, asegura una cobertura de 300 UF.

Y… ¿Qué pasa en caso de un fallecimiento?, ¿Quiénes son los beneficiarios? Smith explica que “en el caso de un accidente con resultado de muerte, esta Ley indica un orden de precedencia en el que en primer lugar está el o la cónyuge sobreviviente, luego los hijos menores de edad, en tercer lugar, los hijos mayores de edad, los padres de la persona fallecida, luego la madre de los hijos de filiación no matrimonial del Asegurado y en caso que no hubiese ninguna de las personas indicadas anteriormente, la indemnización corresponde a quién sea acreditado como heredero”.

Avanzar hacia la Responsabilidad Civil

 

La cobertura del SOAP está pensada para la persona que conduce el vehículo, los pasajeros y cualquier tercero afectado en un siniestro de tránsito en que haya intervenido un automóvil asegurado mediante esta póliza, es decir, cubre los gastos médicos, daños corporales y fallecimientos ocasionados por el vehículo asegurado, pero NO los daños materiales a consecuencia del accidente.

Una forma de palear lo anterior es la contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil, póliza que en nuestro país es de carácter voluntario y que está incluida en la mayoría de los Seguros automotrices, los que -cabe destacar- actualmente están contratados por solo uno de cada tres vehículos del parque automotor, según fuentes de la Asociación de Aseguradores de Chile.

Pero, ¿Qué es el Seguro de Responsabilidad Civil?, Smith lo explica, “se trata de una cobertura que indemniza los daños corporales y materiales ocasionados por el Asegurado (generalmente propietario del vehículo) a terceras personas como consecuencia de un accidente del tránsito en el cual resulte responsable. Esta cobertura proporciona montos asegurados mucho más altos que el SOAP y muy necesarios considerando la magnitud de los montos involucrados en gastos médicos y eventuales demandas por fallecimiento, que son solo parcialmente cubiertos en el SOAP, así como, daños materiales a terceros”.

El presidente de ACOSEG, señala que, no contar con una póliza como la indicada, es muchas veces un gran dolor de cabeza para los conductores, ya que puede producir grandes problemas financieros y destaca que se debería estudiar avanzar en su inclusión legal a los Seguros Obligatorios. “En gran parte de los países con mayores índices de desarrollo, se ha añadido o establecido una cobertura obligatoria de Responsabilidad Civil Vehicular y desde nuestra Asociación lo miramos con buenos ojos, creemos que avanzar legalmente en esta materia genera una mejor protección para todos, ya que permitiría ampliar los límites de cobertura en caso de accidentes automovilísticos, evitando muchos problemas financieros tanto a la persona responsable como a los afectados”, detalló.

Si usted es de las personas que buscan contar con una protección extra, puede revisar las diversas coberturas que ofrecen los distintos Seguros de Vehículos, incluida la de Responsabilidad Civil. “A los Asegurados que quieran revisar esta opción siempre les aconsejamos asesorarse por Corredores de Seguros expertos miembros de ACOSEG u otros, que puedan apoyarlos en el proceso de elección de una póliza de acuerdo a sus necesidades”, destacó Smith.

Acerca de:

La Asociación Gremial de Corredores de Seguros de Chile A.G. (ACOSEG) tiene como principales objetivos contribuir al crecimiento de sus asociados, a través de planes de capacitación, desarrollo de productos, generación de aplicaciones tecnológicas, así como, la representación de sus inquietudes ante la Autoridad reguladora (CMF) para el perfeccionamiento del mercado de seguros. Conoce más en:  https://www.acoseg.cl/

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