Agua para el futuro, trámites del pasado: el desafío regulatorio de la infraestructura hídrica
Francisco De La Barra

El desarrollo de infraestructura hídrica se ha convertido en un eje estratégico para Chile frente a los efectos cada vez más evidentes del cambio climático, la escasez estructural de agua y el aumento sostenido de la demanda para consumo humano, minería y agricultura. En este escenario, el país cuenta hoy con una cartera de 64 nuevos proyectos de infraestructura hídrica en distintas etapas de desarrollo, que en conjunto representan inversiones superiores a los USD 25 mil millones, entre los que destacan iniciativas de desalación y reúso de aguas residuales. Estas soluciones se perfilan como clave para fortalecer la resiliencia hídrica nacional y reducir la presión sobre las fuentes continentales. Pese a la magnitud de estas inversiones y a su relevancia estratégica, la materialización de los proyectos enfrenta un obstáculo persistente: la complejidad del marco regulatorio y la denominada “permisología”. La superposición de normas, la multiplicidad de organismos involucrados y la extensión de los plazos de tramitación continúan generando incertidumbre jurídica y retrasos significativos en iniciativas que resultan críticas para la seguridad hídrica del país.

En paralelo, el escenario normativo se encuentra en plena transformación. El proyecto de ley de desalación avanza en su segundo trámite legislativo en la Cámara de Diputados, mientras que la regulación sobre reúso de aguas también es objeto de discusión parlamentaria. A estas iniciativas se suman la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (LMAS), el Plan de Adaptación al Cambio Climático para los Recursos Hídricos (PACC RH) y las actualizaciones en materia de uso del borde costero y conservación de sitios prioritarios. Si bien estas reformas buscan fortalecer la protección ambiental y modernizar la gestión pública, también abren interrogantes respecto de cómo evitar duplicidades, entregar certezas a los inversionistas y compatibilizar desarrollo, sostenibilidad y eficiencia regulatoria. Conversamos sobre estos desafíos con Francisco de la Barra, socio de Barros & Errázuriz y expositor del Congreso ACADES 2026.

Respecto a la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (LMAS) ¿Cómo cree que se puede implementar minimizando los riesgos jurídicos y evitando que los reglamentos generen nuevas trabas para la desalación? 

R: Es fundamental que se otorguen certezas en la clasificación de las autorizaciones sectoriales existentes. Estamos a la espera de que el Ministerio de Economía realice esta clasificación, de la cual dependerán los plazos de los procedimientos y las consecuencias del silencio administrativo. Es probable que los órganos sectoriales requieran tiempo para entender estos nuevos plazos, por lo que la responsabilidad funcionaria y la probidad administrativa serán fundamentales, considerando las sanciones por no acatar la ley. En este proceso, el rol de la Contraloría como guía y fiscalizador será muy relevante. Además, en materia reglamentaria, habrá que seguir de cerca las “técnicas habilitantes alternativas” y definir si la potestad reglamentaria podrá eliminar autorizaciones basándose en criterios de costo-oportunidad y proporcionalidad contemplados en la LMAS.

Sobre el Boletín 11.608-09 de Concesión Marítima Especial ¿Qué mecanismos de transición existen para las plantas actuales y qué recomendaciones haría para la discusión parlamentaria? 

R: El proyecto establece que las concesiones otorgadas con anterioridad mantendrán sus condiciones originales mientras el plazo esté pendiente, garantizando certeza jurídica. Sin embargo, se les aplicarán las nuevas normas de fiscalización de la DGA y de cierre o caducidad del Ministerio de Defensa. Un elemento positivo es el derecho preferente que tendrá el titular para solicitar una nueva concesión antes del vencimiento de una renovada, lo que asegura la continuidad de proyectos con vida útil superior a los 60 años permitidos. Una recomendación crítica para el Congreso se refiere a las modificaciones de concesiones antiguas: si se solicita un aumento de producción, el proyecto exige destinar hasta un 5% del caudal al consumo humano. Creemos que esto requiere flexibilidad, ya que muchas plantas y acueductos fueron dimensionados para demandas específicas y esta exigencia podría hacer inviable la operación normal o la modificación misma.

En cuanto al reúso de aguas residuales ¿Qué ajustes son necesarios para fomentar inversiones seguras? 

R: Es necesario analizar la coherencia del proyecto con la ley sanitaria vigente, especialmente en el régimen de concesiones y la definición de actividades reguladas. Chile tiene la capacidad técnica, pero debemos abordar obstáculos económicos como los costos de transporte. Es relevante regular claramente escenarios que contemplen beneficios tarifarios, similares a los «swaps de aguas» que ha implementado la SISS. En lo técnico, se deben considerar distintas normas de calidad según el destino del agua, ya que las exigencias no pueden ser las mismas para fines industriales, riego de áreas verdes o repotabilización.

¿Cómo integrar la desalación y el reúso en la planificación hídrica sin vulnerar criterios ambientales? 

R: La clave es no verlas como soluciones aisladas, sino como parte de un engranaje con una jerarquía de sostenibilidad estricta. Primero debe ir la eficiencia, optimizando el agua existente y reduciendo pérdidas. Segundo, el reúso de aguas residuales para industria y agricultura. Finalmente, la desalación como fuente estratégica de respaldo. Para que sea viable, proponemos infraestructura compartida mediante acueductos multipropósito que eviten la fragmentación del territorio con múltiples tuberías individuales. Hay precedentes exitosos como los «Utility Corridors» en Estados Unidos o la «Red Hídrica Nacional» de Israel, donde la producción se inyecta a una columna vertebral de distribución, optimizando la inversión y reduciendo la huella física. Además, la producción debe ser carbono neutral, operando con un 100% de energías renovables, siguiendo el estándar de países como Australia o Arabia Saudita.

Respecto al borde costero y los sitios prioritarios para la conservación ¿Cómo se puede garantizar certidumbre legal frente a estas nuevas categorías de protección? 

R: En el borde costero, la planificación y coordinación estatal son fundamentales para evitar normativas contradictorias entre planes reguladores. Una entidad del Estado debe liderar esta coordinación priorizando intereses colectivos. Sobre los Sitios Prioritarios, con la nueva ley SBAP, se busca homologarlos a categorías oficiales de protección. No obstante, la estrategia no debe ser la exclusión total, sino demostrar la compatibilidad ambiental del proyecto. La existencia de un sitio protegido eleva el estándar de evaluación, obligando a presentar Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en lugar de declaraciones simples, lo que exige líneas de base sólidas y medidas de mitigación o compensación más robustas para asegurar que los impactos sean acotados y reversibles.

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Equipo Prensa
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