Con el inicio del proceso de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII) a partir del mes de junio, comenzó el proceso para que los contribuyentes subsanen las observaciones en sus declaraciones. Para ello, es crucial reunir documentación clave para resolver discrepancias en ingresos, rebajas y ventas de propiedades, según expertos en materia tributaria.

Para corregir inconsistencias en los ingresos declarados,  Ximena Pérez- Brito directora tributaria de EDIG señala que se requiere presentar todas las facturas, boletas y notas de crédito pertinentes, asegurando que los registros de ventas reflejen correctamente los ingresos totales de la empresa. Asimismo, la validación de rebajas exige la obtención de certificados bancarios, de seguros, y otros documentos relevantes que respalden las deducciones informadas.

En el caso de ventas de propiedades, es esencial contar con la escritura de venta, escritura de compra y las respectivas inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, documentos que deben ser presentados al SII para resolver las observaciones correspondientes.

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) deben estar preparadas con su contabilidad actualizada, incluyendo balances y determinaciones tributarias, antes de dirigirse al SII para abordar cualquier observación detectada.

Con respecto a las declaraciones de renta objetadas, la recomendación es revisar detalladamente las observaciones indicadas por el SII, que pueden ser solventadas mediante plataformas online o a través de procesos administrativos. Es fundamental asegurar la precisión de los datos declarados, especialmente en lo concerniente a ingresos reportados y registros de compras y ventas.

En caso de necesitar una rectificación, la profesional de EDIG advierte que, una vez efectuada la corrección, será necesario esperar el reproceso por parte del SII para confirmar la aceptación final de la declaración de renta.

Este proceso no solo requiere atención meticulosa a los detalles, sino también una respuesta oportuna para evitar posibles multas o complicaciones adicionales en la gestión tributaria empresarial.

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