LEGISLACIÓN LABORAL ENTREGA BENEFICIOS Y PROTECCIÓN PARA TRABAJADORES CON HIJOS EN EDAD ESCOLAR.

Con la llegada de las vacaciones de invierno, los padres y madres trabajadores cuentan con importantes derechos laborales que les permiten cuidar y estar con sus hijos e hijas durante este periodo de receso escolar. Legislación que busca equilibrar la vida laboral y familiar durante este momento  de descanso para miles de estudiantes. 

El Director Laboral de EDIG, José Miguel Martínez, señala que la Ley N°21.645 de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral, otorga a los padres y madres de menores de 14 años o adolescentes con discapacidad o con dependencia severa o moderada, menores de 18 años, el derecho a vacaciones preferentes durante el periodo invernal definido por el Ministerio de Educación.

Entre los beneficios establecidos por la normativa José Miguel Martínez destaca:

Ajustes de Turnos y Jornadas

La ley permite solicitar ajustes en el sistema de turnos. Durante las vacaciones escolares, y cuando la naturaleza del trabajo lo permita, los trabajadores pueden pedir modificaciones transitorias en sus turnos o en la distribución de la jornada diaria y semanal para facilitar el cuidado de sus hijos.

Derecho preferente a feriado legal.

Esta ley permite también, a estos mismos trabajadores que, durante el período de vacaciones escolares fijadas por el Ministerio de Educación, que hagan uso preferente del feriado, por sobre otros trabajadores, en le medida que el trabajador lo solicite formalmente y con 30 días de anticipación.

Ley 40 Horas

Desde el 26 de abril, la Ley N°21.561 que reduce gradualmente la jornada laboral de 45 a 40 horas también incorpora beneficios para padres y madres. Esta normativa permite a los trabajadores anticipar o retrasar hasta en una hora el inicio de su jornada laboral, generando un margen de dos horas diarias que facilita la conciliación de la vida laboral y familiar.

José Miguel Martínez, director laboral de EDIG, empresa asesora en temas laborales, tributarios y contables, señala que “estos ajustes son fundamentales para los trabajadores con hijos pequeños, ya que les brindan la flexibilidad necesaria para cumplir con sus responsabilidades familiares sin afectar su desempeño laboral.”

Requisitos y Formalidades.

Para acceder a estos beneficios, los trabajadores deben cumplir con ciertos requisitos y procedimientos. Por ejemplo, deben presentar certificados de nacimiento, registros de discapacidad o documentación judicial que acredite el cuidado personal del menor. Las solicitudes deben ser presentadas con al menos 30 días de anticipación.

El espíritu de la ley “busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, garantizando que puedan cumplir con sus responsabilidades laborales y familiares de manera equilibrada” señala el director laboral de EDIG. 

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