Entrada en vigencia de la Ley de Apoyo a MIPYMES

Con la publicación en el Diario Oficial de la ley N°21.207, presentada por el ejecutivo como parte de la agenda de apoyo a las MIPYMES (micro, pequeñas, y medianas empresas)  afectadas producto de la crisis social, a partir de hoy miles de contribuyentes podrán recurrir a los distintos beneficios tributarios y financieros que la ley contempla en relación al pago de IVA, la devolución del Impuesto a la Renta, un régimen especial de donaciones y acceso a financiamiento.

Dentro de los beneficios que la ley consagra, se establece  la posibilidad de postergar un porcentaje del IVA de octubre, noviembre y diciembre para pagarlo en 12 cuotas. El porcentaje que se podrá postergar varía desde un 20% hasta un 75% del IVA, dependiendo de la variación en la facturación de octubre o noviembre de 2019, calculado respecto del promedio de su facturación declarada en los doce meses anteriores a dicho mes.

Adicionalmente, se otorga la posibilidad de solicitar una devolución anticipada desde un 20% hasta un 75% del Impuesto a la Renta, para aquellas MIPYMES que durante 2019 realizaron pagos Provisionales Mensuales Obligatorios, o solicitaron devoluciones en los años tributarios 2018 y 2019. El plazo para presentar la solicitud de devolución anticipada  es hasta el 28 de febrero de 2020.

Por otra parte, con la entrada en vigencia de esta ley, se crea un Régimen especial de donaciones para MIPYMES que se encuentren registradas en un Catastro Público, las que podrán recibir donaciones por hasta un monto de 300 UTM durante la vigencia de los beneficios de la ley. Los donantes podrán deducir el monto de dichas donaciones como gasto para efectos de la determinación de la renta líquida imponible del impuesto a la renta, dentro de los límites señalados por la ley.

Finalmente, el gobierno  realizó un aporte de US$100.000.000 al Fondo de garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), para facilitar el acceso al financiamiento de las MIPYMES, ampliando el número de empresas que pueden acceder al fondo, ya que, se aumenta el nivel de facturación desde 25.000 UF hasta 100.000 UF.

 

Rodrigo Araneda Callejas
Abogado de Araya y Cia.

 

 


ARAYA & CIA Abogabos
www.araya.cl
 

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