Operación renta 2022. OFICIO 650 del 01 de marzo 2022.

Caso Planteado:

«… persona natural, dueña de sociedad limitada, consulta por la emisión de boletas de honorarios a la propia empresa, dada su condición de administrador…»

 

Planteamiento del Servicio de Impuestos Internos:

«(…) podrán ser rebajadas como gasto siempre que cumplan los requisitos generales.

Al respecto, considerando que la operación sería realizada entre relacionados, o en beneficio de estos, corresponde analizar especialmente que el monto del gasto sea razonable, atendidas las circunstancias particulares del caso y el interés de la empresa que incurre en el desembolso.

Para establecer si existe razonabilidad del gasto por honorarios debe atenderse a factores objetivos como la importancia de la empresa, las rentas declaradas por esta última, los servicios prestados, la rentabilidad del capital, a la importancia del cargo, los honorarios de mercado, sin perjuicio de los impuestos que procedan respecto de quienes perciban tales pagos.

Asimismo, deberá atenderse a que los servicios prestados sean distintos a aquellos derivados de su calidad de administrador.

De esta manera, la deducción del gasto por los servicios prestados, respecto de los cuales se emita boleta de honorarios, dependerá tanto del cumplimiento de los requisitos del inciso primero del artículo 31 de la LIR como de que los servicios sean distintos a aquellos asumidos en virtud de su calidad de administrador, lo cual deberá acreditarse en la respectiva instancia de fiscalización.».

Ver oficio 650 del SII – Operación renta 2022 OFICIO 650 SII.

 

Por Miguel Lertora Sjolidis Asesor y Consultor Tributario, Financiero y ContableMagister en Dirección y Gestión Tributaria (UAI) Ingeniero Civil Industrial (PUC de Valparaíso), Contador Público – Contador Auditor (UDP).

Asesoría Tributaria, Financiera y Contable – www.mlauditores.cl.

 

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