- Existen casi 4 millones de personas endeudadas, según el último informe Equifax – USS.
- En esos casos la posibilidad de procesos judiciales es muy alta y, en ellos, el receptor judicial juega un rol clave, por lo que entender su función es clave.
Aunque las personas intentan pagar sus deudas, en ocasiones es imposible cumplir con los compromisos financieros y caen en morosidad. De hecho, según el último informe USS-Equifax, al cierre de 2024, había 3.924.734 deudores que no podían cumplir con sus compromisos financieros y estaban en DICOM.
Cuando una deuda no se paga, comienza el proceso de cobranza. Si el deudor no puede hacer frente a la situación, el acreedor puede demandarlo. Si no se paga dentro del plazo establecido, la cobranza judicial se convierte en el mecanismo para hacer cumplir la deuda. En este proceso, puede existir la posibilidad de un embargo, que es una medida ordenada por un juez para hacer un inventario de los bienes del deudor y evitar que los venda u oculte y así, si el juicio sigue adelante, utilizarlos como pago mediante el remate. Aquí es donde se incorpora el rol del receptor judicial.
“Hay harto temor frente al receptor judicial, porque se suele creer que es quien te va a embargar y la gente cree que de inmediato te quitan tus cosas. Sin embargo, hay que desmitificar esta figura: un receptor judicial es un auxiliar de la administración de justicia, designado por las Cortes de Apelaciones y encargado de realizar trámites esenciales en los juicios. Se le considera un ministro de fe, lo que significa que se presume como verídico todo lo que él certifica durante los procesos judiciales», explica Mario Espinosa, director legal de GrupoDefensa.cl.
Las funciones más comunes del receptor judicial incluyen la notificación de demandas, toma de declaraciones y, en casos de cobranza judicial, la ejecución de embargos y desalojos. Todo esto lo hace bajo órdenes del tribunal correspondiente, lo que refuerza su rol clave en el cumplimiento de la ley.
Generalmente, el receptor judicial aparece cuando ya hay un juicio en curso. “La primera notificación de una demanda se hace a través de un receptor judicial, quien puede hacerlo personalmente o dejando una copia en el domicilio del deudor, según lo estipulado por el Código de Procedimiento Civil”, comenta Espinosa.
Si bien la figura del receptor judicial puede ser desconcertante, no hay por qué temerle. «Es importante saber cómo enfrentarse a ellos y cómo relacionarse con ellos, ya que probablemente estarán muy presentes debido a que su trabajo está regido por órdenes de un tribunal», añade Espinosa.
¿Qué hacer si me visita un receptor judicial?
Mario Espinosa da algunos consejos clave para afrontar esta situación de manera tranquila:
- Mantén la calma: Lo más importante es conocer tus derechos y enfrentarlo con serenidad.
- Solicita identificación: El receptor judicial debe mostrar su identificación oficial. Si no la lleva, pídele que te identifique con su nombre, cargo y la diligencia que está realizando.
- Consulta el motivo de la visita: Pregunta directamente por el motivo de la visita.
- Verifica el documento: Si es una notificación, pide que te muestre el documento oficial correspondiente (como una cédula o resolución judicial).
- No es necesario firmar nada: No estás obligado a firmar ningún documento.
- Solo debes mostrar tu cédula de identidad si es una notificación personal.
- No es necesario el ingreso: Si la visita es solo para notificarte, puedes atenderlo en la entrada sin permitir acceso al domicilio.
- Toma nota de la fecha y hora: Registra la fecha, hora, motivo de la visita y el nombre del receptor judicial.
“Uno de los temores más comunes de las personas, es que vayan a embargarlos y retiren sus bienes mientras ellos no estén o de manera sorpresiva. Nada ocurre de la noche a la mañana en el ámbito judicial y, para llegar a esa situación, antes tienen que ocurrir varias notificaciones (notificación en el domicilio, inventario de los bienes, designación de un martillero y retiro de los bienes). Solo después de esas 4 notificaciones, se podría hacer retiro de los bienes, pero pasó harto tiempo y las personas debieron enterarse que había un juicio en curso”, complementa el abogado.
De todas maneras, para evitar llegar a este punto, prevenir siempre será la mejor estrategia. «Si te encuentras en una situación de morosidad, considera alternativas que permiten solucionar el problema de endeudamiento como renegociaciones administrativas o extrajudiciales antes de que el caso llegue a un tribunal. Incluso, la Ley de Insolvencia ofrece mecanismos para reorganizar tus deudas y evitar juicios», concluyó Espinosa.
Equipo Prensa
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