La nueva ley de transferencias bancarias en Chile o Ley de Cumplimiento Tributario busca promover la formalización de las pymes y personas independientes, quienes a partir de ahora deberán cumplir con normativas para evitar fiscalizaciones.
El jefe de carrera de Contabilidad General del Instituto Profesional y Centro de Formación Técnica Santo Tomás Santiago Centro, Hernán Maldonado explica que «los cambios que tendremos con la ley sostienen una mayor formalización para pymes y personas que son independientes».
Esta legislación establece que el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá revisar los datos bancarios de aquellos que reciban más de 50 transferencias de distintos RUT en un mes o acumulen más de 100 en el segundo semestre de 2024.
“Con esta nueva ley, el SII puede revisar los datos bancarios que serán informados por el banco y, de esta manera, fiscalizar”, indica el docente de Contabilidad, presupuesto e impuestos del IP-CFT Santo Tomás.
¿De qué manera se fiscalizará el proceso?
El académico Maldonado señala que para quienes manejan fondos por motivos específicos, como rifas o actividades escolares, la normativa también incluye medidas. «A las personas que hacen esto les llegará un correo, que deberán justificar con algún documento, por lo que no serán sancionados, ni recibirán multas», ya que según indica el organismo, “en estos casos, el SII realizará análisis de información, sin generar acciones de fiscalización”.
Los que se verán afectados son los emprendimientos informales. “A los formalizados no les pasará nada, ya que estarían dentro del marco de la ley; los no formalizados serían fiscalizados y multados. Por ende, se recomienda formalizarse y realizar su iniciación de actividades”, detalla el experto.
En caso de superar la cantidad permitida de transferencias, la ley indica que se considerará como una deuda tributaria ya que “se estaría evadiendo la declaración del impuesto del IVA (formulario) F29 y otros impuestos”, agregó Maldonado.
¿Cuándo notificarán los bancos al SII?
Según la norma, “la información enviada por las instituciones bancarias deberá ser remitida al Servicio de manera semestral dentro de los meses de julio y enero respecto del semestre inmediatamente anterior”, señala el sitio web del SII.
Lo que significa que en enero de 2025 se enviará la información de los usuarios, correspondiente a este segundo semestre de 2024.
¿Qué debo hacer si supero la cantidad de transferencias mensuales?
“Para evitar problemas, la recomendación es clara: formalizarse, o sea, tener una iniciación de actividades y realizar el proceso como corresponde del SII», señala el jefe de Contabilidad General del IP-CFT Santiago Centro.
Si aún no te formalizas, en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII.CL) podrás conocer en qué casos te corresponde iniciar actividades y cuáles son tus obligaciones tributarias.
Además, la Tesorería General de la República cuenta con nuevos beneficios sobre esta nueva legislación, como los convenios para las pequeñas empresas para entregar apoyo en sus pagos de deudas tributarias.
Equipo Prensa
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