- La normativa busca mejorar el sistema para quienes se encuentran sin trabajo, y proporcionar un respaldo más robusto a las personas en situación de vulnerabilidad laboral, adaptándose a los desafíos económicos y sanitarios actuales y del futuro.
Santiago, 13 de diciembre de 2023-. Durante diciembre entró en vigencia la ley que fortalece el Seguro de Cesantía, beneficio que entrega la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), y que, entre otras cosas, tiene como objetivo simplificar los requisitos para acceder a los beneficios del Seguro, además de aumentar el monto y la duración de las prestaciones, especialmente en situaciones de excepción constitucional por catástrofes o alertas sanitarias.
Según el Ejecutivo, el nuevo estatuto se fundamenta en el complejo panorama económico por el que atraviesa el país y la experiencia adquirida durante la pandemia de COVID-19. Además, aborda las limitaciones del concepto de «apresto laboral» contenido en la normativa original, con el fin de potenciar la empleabilidad.
Para Cristina Fernández, managing director de KPMG Law en Chile, uno de los puntos clave de la legislación es “la reducción en el número de cotizaciones para acceder a las prestaciones, algo que beneficia tanto a aquellos trabajadores que cuentan con contrato indefinido como a plazo fijo”. Agrega que “el Fondo de Cesantía Solidario también experimenta ajustes, tales como la mejora en las tasas de reemplazo y límites ampliados, para los diferentes tipos de contratos”.
Sin embargo, la experta enfatiza que son los colaboradores con contrato a plazo fijo los que se verán más favorecidos con la normativa, ya que “experimentarán mejoras relacionadas a la disminución en el número de cotizaciones (de seis a cinco desde su afiliación al sistema), un aumento en el monto mensual de las prestaciones, y una extensión en el período de pago, que aumenta de tres a cinco meses. Estamos hablando de casi un 54% más de beneficios respecto a la situación actual, para este tipo de trabajadores”, asegura.
Requisitos según tipo de contrato
Las exigencias para acceder al pago del Seguro de Cesantía varían según el cargo en el fondo que se utilice. En el caso de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), se debe contar con un total de 10 cotizaciones; el contrato de trabajo debe haber sido terminado por alguna de las causales señaladas en el Código del Trabajo (necesidades de la empresa, renuncia, mutuo acuerdo, etc.), y estar cesante a la hora de solicitar cualquier beneficio.
“En este caso, la nueva legislación aumenta el porcentaje del pago del Seguro desde un 55% a un 60% a partir del segundo mes, para todo tipo de contrato”, destaca Cristina.
En tanto, para aquellos beneficios que se financian con cargo al Fondo Solidario (FCS), la ley exige que el contrato de trabajo finalice por el vencimiento del plazo, conclusión de la obra o faena, caso fortuito, entre otros. Además, se debe haber aportado al menos 10 cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario desde la afiliación del trabajador al sistema, donde las tres últimas deben ser continuas y con el mismo empleador. A ello se le suma la necesidad de estar sin trabajo al momento de acercarse a la AFC, entre otros requisitos.
“Al cumplir con esas exigencias, la normativa indica que quienes cuentan con contrato indefinido y aquellos trabajadores de casa particular, al igual que en caso de la CIC, la tasa de reemplazo del segundo mes de beneficio aumenta de 55% a 60% del promedio de remuneraciones, y también suben los respectivos límites mínimos y máximos”, señala Fernández.
Agrega que, “para los colaboradores con contrato a plazo fijo que se financian con cargo al FCS, la tasa de reemplazo del primer mes de beneficio sube de 50% a 60% y se agrega un cuarto y quinto giro, ambos con una tasa de reemplazo de 30%. De esta forma, los trabajadores podrán contar con cinco prestaciones mensuales, en lugar de los tres meses de beneficios que recibían con la legislación original”.
Equipo Prensa
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