A partir de este 1 de abril comienza la Operación Renta 2026, dando inicio a uno de los procesos tributarios más relevantes del año para personas y empresas en el país.
El trámite, que se realiza de manera online a través del Servicio de Impuestos Internos (SII), permitirá declarar los ingresos obtenidos durante 2025 y determinar si corresponde pagar impuestos o recibir devolución. No obstante, especialistas advierten que este año el proceso estará marcado por un mayor nivel de fiscalización y por el riesgo de retenciones en las devoluciones, especialmente en casos de deudas con el Estado.
Pese a que el sistema se habilita desde el primer día del mes, el llamado es a no apresurarse y revisar detalladamente la información antes de enviar el Formulario 22.
La directora tributaria de EDIG, Ximena Pérez Brito, enfatiza la importancia de este punto, “la información precargada es solo una base. No reemplaza la responsabilidad del contribuyente. Revisar cada dato es clave para evitar observaciones futuras”.
Quiénes deben declarar renta
Entre quienes deben cumplir con esta obligación se encuentran:
- Personas con más de un empleador durante 2025.
- Trabajadores que emitieron boletas de honorarios.
- Contribuyentes con ingresos superiores a 13,5 UTA.
- Personas que accedieron a beneficios como el Préstamo Tasa Cero.
- Empresas y personas jurídicas.
También pueden declarar quienes busquen acceder a una devolución de impuestos.
Mayor fiscalización en inversiones y activos digitales
Este año, el SII reforzó los controles sobre inversiones financieras, contratos de leasing y activos digitales, incluyendo criptomonedas, lo que implica un mayor cruce de información.
“Hoy existe un nivel de fiscalización mucho más detallado. Confiar ciegamente en la propuesta del sistema puede generar inconsistencias que luego derivan en observaciones o fiscalizaciones”, advierte la abogada tributaria, Pérez Brito.
Alerta: deudas del CAE pueden retener devoluciones
Uno de los principales focos de preocupación está en las devoluciones de impuestos. La Tesorería General de la República puede retener estos montos cuando existen deudas impagas, especialmente del Crédito con Aval del Estado (CAE).
En la práctica:
- Si la devolución cubre la deuda: Retención total.
- Si es menor: Descuento parcial y deuda vigente.
“Muchos contribuyentes se enteran de esta retención recién cuando revisan su devolución. Por eso es clave verificar previamente si existen deudas”, señala la especialista de EDIG.
Recomendaciones clave
- Revisar el estado de deudas antes de declarar.
- Consultar posibles retenciones vigentes.
- No considerar la devolución como ingreso asegurado.
- Regularizar o repactar deudas si es posible.
“Una adecuada planificación financiera puede evitar impactos en el presupuesto familiar, especialmente en meses donde muchas personas cuentan con este dinero”, agrega la abogada y contadora tributaria de EDIG.

























