A ley proyecto que simplifica el sistema de patentes mineras

La Sala de la Cámara aprobó, por amplia mayoría, las modificaciones del Senado al proyecto ( boletín 18259) que busca facilitar la implementación del sistema de patentes mineras para concesiones de exploración y explotación, adecuándolo a las etapas de desarrollo de los proyectos mineros, simplificando su acreditación y ajustando normas técnicas y transitorias.

Por efecto de lo anterior, la iniciativa quedó en condiciones de pasar al Ejecutivo a fase de promulgación como ley de la República.

En el segundo trámite se efectuaron variadas enmiendas al  texto despachado previamente por la Cámara. Entre ellas se puede mencionar la eliminación de la exigencia de contar con servidumbres para acogerse al régimen de patentes mineras aplicables a los pequeños mineros, al tiempo que amplió de dos a cinco periodos anuales el reconocimiento del derecho a pagar dicha patente especial.

En el marco de este régimen especial para pequeños mineros y para mineros artesanales, se amplió el metraje que los identifica como tales. Así, se pasó de una superficie tope de 100 hectáreas a una de 150 hectáreas, para los primeros; y de 50 a 100 hectáreas, para los segundos.

Respecto de la patente rebajada, se modificó una de las opciones definidas para acogerse a este régimen. Apunta a las pertenencias respecto de las cuales se haya entregado información geológica, cuya recepción conforme haya sido certificada por el servicio respectivo. Este beneficio se aplicará durante cinco períodos consecutivos de pago de patente minera.

Otros cambios en materia de patentes mineras

Por otra parte, se eliminó el plazo tope para solicitar la patente rebajada. Adicionalmente, se definió un nuevo régimen para titulares de una o varias pertenencias mineras cuya extensión total no sea superior a 500 hectáreas y que desarrolle trabajos dentro del área de, al menos, una concesión.

En tal caso, se pagará una patente cuyo monto será de un décimo de unidad tributaria mensual por cada hectárea completa. Asimismo, se consignan los mecanismos de acreditación y los requisitos para los titulares, así como las causales de pérdida del beneficio.

Además, se posibilita a la Tesorería a efectuar correcciones en los antecedentes que originan el pago de las patentes mineras, antes de un remate, junto con nuevas exigencias en el procedimiento judicial respectivo. También se regula el proceso de remate propiamente tal y sus consecuencias.

Finalmente, entre otros puntos, se indica que el Servicio Nacional de Geología y Minería publicará, anualmente, en su sitio web, desagregada por región, la información relativa al número de concesiones y a las hectáreas acogidas a la patente rebajada, indicando la causal invocada y el número de beneficios revocados.

Del debate

Participaron en la discusión Cristian Contreras, Carlo Arqueros, Bernardo Salinas, Cristián Tapia, Marcela Hernando, Ignacio Urcullú y Marisela Santibáñez

En términos generales, se valoró la propuesta y las enmiendas efectuadas en el segundo trámite, que se estimaron protegen a la pequeña minería y a la minería artesanal. Asimismo, se destacó la posibilidad de dar más certezas a los productores; eliminar trabas administrativas, como la acreditación de servidumbres; y entregar un alivio a quienes se encuentran en proceso de remate de sus patentes mineras.

Sin embargo, también se observó que la tramitación de este proyecto no fue fácil y que contó con un amplio proceso de audiencias para conocer todas las implicancias.

Por otra parte, algunos dijeron que subsisten objeciones, como el hecho de ampliar el universo de beneficiarios con patente rebajada, lo que redundará en menores ingresos para los municipios.

Finalmente, el ministro de Economía y Minería, Daniel Mas, reconoció el amplio consenso generado en torno a esta iniciativa y los perfeccionamientos que se hicieron en ambos trámites en el Congreso. En particular, resaltó la inclusión, en la Cámara, de una norma transitoria que instruye a la Tesorería a postergar, hasta el 28 de febrero de 2027, el plazo de pago de la patente minera anual correspondiente al año 2026. Adicionalmente, acotó, se condonan los recargos por mora y se frenan los remates del periodo.

Fuente : Camara.cl